El Salario Mínimo Interprofesional para este año 2020 es de 950€ al mes divididos en 14 pagas, o de 1.108,33€ en caso de 12 pagas. Es decir, 13.300€ anuales.
Como la subida del SMI es automática, todos deberéis ver ese aumento (en caso de que no llegarais anteriormente a esa cantidad) en vuestra nómina a final de mes, sin que se deba esperar a que los Convenios Colectivos se actualicen.
Este aumento afecta a todos los trabajadores, ya que, aunque la cuantía del salario no suba por ya ser superior al SMI, todos los trabajadores se benefician indirectamente por todos los demás conceptos de la nómina que se calculen en base al SMI (por ejemplo, la cantidad inembargable).
¿Qué ocurre si la empresa no sube mi salario al SMI?
Bien, lo primero es que, si en enero ya no has visto esa subida, debes hablar con Recursos Humanos o directamente con tu jefe. La mejor forma es llegar a una solución amistosa.
Si se niega a realizar dicha subida, o te da largas, deberás presentar una papeleta de conciliación ante el CMAC solicitando los importes que te corresponden, y lo lógico es que la empresa ahí sí que llegue a un acuerdo contigo.
¿Me pueden despedir si ejerzo mi derecho a reclamar mi subida?
Sí, claro que te pueden despedir. Otra cosa es que ese despido sea considerado procedente (te has asustado, ¡eh!). Como lo lees, si la empresa te despide por reclamar tu derecho a cobrar el SMI, el despido será considerado NULO, lo que obligará a la empresa a readmitirte en tu anterior puesto de trabajo y abonarte los salarios de tramitación que dejaste de percibir desde el despido.
¿Quieres que negociemos con tu empresa?
Contacta sin compromiso, te sorprenderás. Si la empresa no te está aplicando la subida, puedes escribirnos por Whatsapp, Email, Instagram, Facebook, comentarios o cualquier otro medio (será que no tienes), pero por favor, no lo dejes pasar.
En menos de 72h te daremos una respuesta.
¡Nos vemos!