El Real Decreto 8/2020 de 17 de marzo en su art. 6 indica lo siguiente a este respecto:
Puede realizarse una reducción de jornada, hasta del 100%, con la correspondiente pérdida de salario. Por eso si la empresa está preparando un ERTE lo mejor es esperar para que se te aplique y así poder cobrar la prestación por desempleo. De todas formas, el Gobierno anunció ayudas para padres o madres, pero aún a la espera de que concreten más en el BOE. Mejor tener prudencia y esperar a ver si hacen el ERTE.